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Le sancionan con 300€ tras recibir el asesoramiento de la Agencia Tributaria.

In: General| Sin categoría

12 Abr 2010

El caso que a continuación os voy a contar no es más ni menos que un claro y crudo ejemplo de lo que hasta ahora me he ido encontrado en mis visitas a las diferentes Administraciones Públicas.

A colación con mis últimos posts, donde me quejaba sobre la información contradictoria que recibía por parte de Hacienda y la Tesorería General de la Seguridad Social, uno de los lectores del blog (al que citaré como AM) se puso en contacto conmigo para contarme su lamentable experiencia personal.

trampa-ratones

AM es autónomo, y con el fin de hacer las cosas bien, cuando empezó su negocio se personó en una delegación de la Agencia Tributaria para informarse sobre qué impuestos y modelos debía presentar.

Año y medio después, tomándose una cerveza con un amigo, éste le comenta que debería presentar el MODELO 347, impreso por el cual informamos a Hacienda de las operaciones realizadas con terceras personas (tanto clientes como proveedores) por un importe mayor de 3.000€

Nuestro lector, atónito por la información que estaba recibiendo, ya que en su visita a la Agencia Tributaria no le hablaron de dicho documento, solicitó una cita de nuevo en una delegación de Hacienda con el fin de aclarar dicha información:

“… Voy, hablo con un par de personas de la Agencia Tributaria, les explico mi caso y tras estudiarlo (parece que detenidamente) me dicen que en mi caso concreto no debo presentar el 347 porque el 100% de las facturas que emito llevan deducción de IRPF al ser todas facturas a empresas, con lo cual la información del 347 sería redundante con la del IRPF

Así que me olvido del 347 hasta que desde la propia Hacienda me envían, diez meses después, un requerimiento para que presente el 347 que no presenté en el plazo en que tendría que haberlo hecho y aviso de que me van a sancionar con 300 € . Como te puedes imaginar, la indignación se apoderó de mí… Total, que lo presenté fuera de tiempo y alegué la sanción explicando lo que había pasado (pero obvio no tengo ninguna prueba de nada… ¿o a ti en Hacienda te dan las respuestas por escrito?). Todavía no me han contestado, pero imagino que me tocará pagar antes o después…”

Este caso no hace más que confirmar la necesidad de exteriorizar los temas legales y fiscales en asesorías. Lógicamente, esto requiere una inversión que quizás algunos no puedan realizar.

No obstante, por mera curiosidad, me he leído la normativa relativa al modelo 347 para ver que podía averiguar. Pero ojo, si al igual que yo, no eres abogado, prepárate para navegar por el trepidante mundo del BOE. Una vez consigas localizar la Ley, el Real Decreto, la Norma o lo que demonios estés buscando, ten cuidado porque seguro que hay referencias posteriores que la modificará, derogará o la corregirá. Por eso, si hay dinero de por medio, mejor búscate un buen profesional que te asesore correctamente.

En el apartado H, del artículo 3 del Real Decreto 2027/1995 de 22 de diciembre, el cual regula la declaración anual de operaciones con terceras personas, se describen las excepciones que quedan excluidas del deber de declaración las siguientes operaciones (y copio literalmente):

“En general, todas aquellas operaciones respecto de las que exista una obligación periódica de suministro de información a la Administración tributaria estatal a través de las declaraciones específicas diferentes a la regulada en el presente Real Decreto y, en particular, las siguientes:

Las operaciones cuya contraprestación haya sido objeto de retención o ingreso a cuenta del impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o del Impuesto sobre Sociedades, así como cualquier otra operación o rendimiento que deba declararse a través de los resúmenes anuales de retenciones e ingresos a cuenta de esos impuestos…”

Podemos interpretar que,  si AM informa a Hacienda de todas sus operaciones con terceros (ojo! Esto incluye clientes y proveedores) a través de los modelos 180 y 190 (resúmenes anual del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas e Impuesto sobre Sociedades), no estaría obligado a presentar entonces el modelo 347. Aunque lo haya hecho bien, Hacienda te sanciona, y si cuela, pues pagas. Si no es aquí, en alguna nos pillarán.

Si ya es difícil emprender por motivos obvios, como es el mercado, los clientes o la financiación, debemos añadir un nuevo enemigo a nuestro proyecto: “La Administración Pública” y su complejo entramado de leyes e impuestos. La verdad es que todo son obstáculos! Cada día me doy más cuenta lo necesario que es tener una mínima base sobre aspectos legales y fiscales antes de comenzar nuestra actividad (independientemente de que luego contratemos asesores externos).

Esperemos que AM tenga suerte con su recurso. Al resto, que nos sirva para andarnos con pies de plomo!


ENLACES

BOE | Consulta Real Decreto 2027/1995 de 22 de diciembre.

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6 Tweets

47 Respuestas en Le sancionan con 300€ tras recibir el asesoramiento de la Agencia Tributaria.

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Jeku

Abril 12th, 2010 at 22:14 pm

Le asesoraron… para sacarle los cuatos! xD» autor: Jeku

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dl

Abril 12th, 2010 at 22:18 pm

Jajajajaja! Qué buena la imagen que acompaña el post… le viene ni que anillo al dedo a tu comentario #1» 

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escuraninxols

Abril 12th, 2010 at 22:20 pm

No querréis ahora que anden tras los pasos de quienes tienen la pasta… un autònomo es de por si una víctima fàcil. Y de todos modos, si se escapa de esta ya la pillaremos con la jubilación, s’ha creío el tipo.» autor: escuraninxols

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anadelagua

Abril 12th, 2010 at 22:21 pm

La verdad es que muchas veces los que informan,no tienen ni idea.Es una verguenza que no estén preparados para su obligación,porque el sobre se lo llevan calentito por no hacer nada o incluso hacerlo mal.No todos,pero en mi última declaración,la chica estaba en su primer día y lió la del pulpo.» autor: anadelagua

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zurditorium

Abril 12th, 2010 at 22:32 pm

Pues leyendo la noticia me da la impresión de que le informaron bien y que el error se ha cometido en la sanción. Como ha reclamado supongo que anularán la sanción (no tiene pruebas de qué fue lo que le dijeron, pero da igual porque lo que tiene que alegar es que efectivamente no tenía que presentar el papel).» autor: zurditorium

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Tolkas

Abril 12th, 2010 at 23:02 pm

Perdón pero has entendido mal la normativa. Quién está exonerado de incorporar esa información es el retenedor, el cliente de este autónomo, ya que es quién está obligado a presentar el Modelo 190.

El funcionario le informó mal.

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Nabuconodosorcito

Abril 13th, 2010 at 0:05 am

Error informático al canto.» autor: Nabuconodosorcito

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kabute

Abril 13th, 2010 at 0:57 am

A mi me paso algo similar:

Durante 3 meses di un curso y en el centro me pidieron que me diese de alta como autónomo. Por supuesto fui a Hacienda y luego a la SS. En la SS me preguntaron si quería domiciliar el pago, a lo que conteste que si, le pregunté a la amable funcionaria si ya me cobraban todo o tendría que ir a pagar algo al banco (empecé mi actividad con el mes empezado), y me indicó que todo sería cargado a mi cuenta sin problema.

Tras los 3 meses comprobé que me habían realizado un cargo pero no me preocupé del importe (error mío), la sorpresa fue buena cuando ese año fui a hacer la declaración: 300€ de multa (incluidos recargos) por impago de una cuota de autónomo.

Por supuesto fui a la SS a reclamar, por lo que recibí la contestación: “No es nuestro problema caballero”. Les comenté que el error había sido suyo por no informarme correctamente, su respuesta: “Ya, pero haber estado más atento”.

Cómo comprendereis las ganas de volver a ser autónomo son las mismas que las de pillarme un testiculo con una puerta…» autor: kabute

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JIg_Ramos

Abril 13th, 2010 at 3:07 am

¿ …el asesor se llevaría una comisión?» autor: JIg_Ramos

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natxox

Abril 13th, 2010 at 3:08 am

Eso decía Lola Flores. “A mí no me dijo nadie que tenía que pagar. Me podía haber llamado el señor ministro, que a mí me conoce todo el mundo y decírmelo, y yo hubiera pagado, señor juez”.
Desde hace algunos años en la web de la Agencia Tributaria hay información para todos los tipos de actividades, FAQs, y todo masticadito, no hace falta irse a leer BOEs.

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Cequiel

Abril 13th, 2010 at 3:17 am

Yo me suelo mantener alejado de los funcionarios. No me fío.» autor: Cequiel

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gynovin

Abril 13th, 2010 at 6:26 am

#9 Posiblemente era funcionario. Aunque le hubiese dicho que lo más ventajoso es cagarse en la puerta del congreso su puesto de trabajo no peligraría.» autor: gynovin

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Rastikko

Abril 13th, 2010 at 6:28 am

El que asesora: Funcionario grado C;

El que sanciona: Funcionario grado A;

Asesorar es mucho más complicado que sancionar, dado que en el primero no sabes con lo que te puedes encontrar.

Para todo lo demás, Mastercard.» autor: Rastikko

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pancha

Abril 13th, 2010 at 6:44 am

Hasta donde yo llego (y no estoy relacionado profesionalmente con el mundo fiscal/contable), el modelo 347 es IVA y no tiene absolutamente nada que ver con el IRPF, facture con la deducción del 15% de IRPF que corresponde a autonomos o sin ella. Es una declaración trimestral y obligatoria.

Le asesorarían mal, pero si no hizo la declaración de IVA, le sancionaron bien.» autor: pancha

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hellyeah

Abril 13th, 2010 at 7:10 am

Mi novia es autónoma y se dedica a organizar eventos empresariales, cursos y congresos. Cuando fué a darse de alta en su epígrafe, en hacienda le aseguraron y reaseguraron (no por escrito, craso error) que su actividad incluía la exención de iva en las inscripciones por docencia académica. Bien, pues cobró las inscripciones de un curso de 300 personas, y cuando estaban terminadas, dedicó junto a su gestora un día entero a buscar información sobre ello porque a ninguna de las dos les parecía lógico no cobrar iva. Llegaron a la conclusión (totalmente certera) de que sí han de pagarlo. Es decir, tiene que correr con 7.000€ de iva como quien no quiere la cosa (lógicamente no le parece moral cobrarselo a la gente ahora), sobre todo porque si no lo hiciera fiándose de lo que le dijeron en hacienda tendría que pagarlo además de exponerse a una sanción, y no está dispuesta. Fué un error suyo y lo asume con responsabilidad, pero éstas cosas te enseñan a no fiarte incluso del que te da la seguridad de que sabe lo que hace.» autor: hellyeah

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fer

Abril 13th, 2010 at 7:11 am

Pues no lo creeréis, pero a mí hace años por cobrar 18 euros en concepto de BECA por colaborar en una actividad de la universidad me sancionaron con 90 euros por no hacer declaración. Por lo visto, la universidad me asignó a categoría g y en ella hay que declarar desde el primer euro.

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guigar

Abril 13th, 2010 at 7:16 am

Yo, después de constatar de que gran parte de los funcionarios no saben (o no quieren) hacer su trabajo, he optado ya por preguntar las cosas a 10 funcionarios distintos y hacer la media de lo que me digan.» autor: guigar

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x_treme

Abril 13th, 2010 at 7:23 am

#7 Que error informático ni que narices, incompetencia al canto.» autor: x_treme

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HccSoft

Abril 13th, 2010 at 7:41 am

A mi me pasó exactamente lo mismo. Me llegó la sanción y tuve que recurrirla alegando que no tenía la obligación de entregar ese modelo. Finalmente me quitaron la multa.» autor: HccSoft

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Juanma

Abril 13th, 2010 at 7:54 am

Me pregunto yo… ¿y si para consultar enviamos una carta al inspector de turno? (donde pone inspector sustituir por el cargo correspondiente de hacienda). La respuesta debería ser en papel, con lo cual tendríamos ya un “manual” escrito.
Desconozco si será posible, pero lo veo bastante factible.

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roy

Abril 13th, 2010 at 7:56 am

#15 Haces muy bien. Yo hago lo mismo cuando tengo problemas con Vodafone; es graciosísimo, cada operario me cuenta una película distinta, a veces cosas completamente contradictorias.» autor: roy

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xyzzy

Abril 13th, 2010 at 8:08 am

A mi tambien me engañaron.

Cambie de vivienda y pusimos todos los datos excepto una de las casillas que me dijeron que no hacia falta. Al cabo de los 6 meses me llega una inspeccion que dice que tengo que pagar 7500 euros.

Intenté razonar con ellos para corregir el fallo y me dijeron que era imposible, que era todo inutil, que los llevara al tribunal con todo lo que acarrea de gastos, y si, con toda probabilidad, salia que yo era culpable esos 7500 se convertirian en un amasijo imposible ya de digerir.

Sobra decir que en mi casa solo trabajaba (y trabajo) yo y con una nomina de 1200 euros sin pagas, y con 2 niños pequeños.

En ese momento comprendí a los desesperados que ponen bombas o se queman a lo bonzo porque el gobierno de su pais simplemente se rie de ellos.

Eso pasó hace 4 años y todavia sigo pagando el prestamo que tuve que pedir :(

Mi familia arruinada por culpa de un puto sistema arcaico orientado a multar en vez de entenderse con los ciudadanos.» autor: xyzzy

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landri

Abril 13th, 2010 at 8:09 am

yo puedo dar fe de que a veces la desinformación es intencionada. hay una situación similar que se da muy frecuentemente en la oficina de la aeat de mi ciudad: cuando a a alguien le notifican un acuerdo de liquidación, con su correspondiente expediente sancionador, en las oficina de gestión (no diré cual), cuando va a preguntar por el proceso de pagos y recursos, le informan que lo único que tiene que pagar es la cuota de la liquidación, que al recurrir, la sanción se suspende automáticamente…. lo que no especifican es que la sanción se suspende si recurres el procedimientos sancionador !!! no basta con recurrir la liquidación… de esta forma al contribuyente se le le agotan los plazos y la sanción no tiene más remedio que palmarla, y con recargo….

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esviel

Abril 13th, 2010 at 8:13 am

Esto te lo hace una empresa,banco,caja,supermercado y puede que al inepto lo despidan.Si te pasa con la administración, date la vuelta y vete a tomar una copa o una aspirina, tendras que trabajar toda la vida para mantener a esos inútiles que ni te devuelven los buenos dias, ni te invitan a sentarte y te hablan de tu cuando pueden ser tus nietos……» autor: esviel

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Juan Manuel Dato

Abril 13th, 2010 at 8:15 am

Lo que voy a decir no es una frivolidad: todos deberíamos pagar un impuesto porcentual fijo, así como las entidades jurídicas, y ya está. Todas estas normativas nos obligan a centrarnos en el pasado y no en el futuro de la empresa o de nuestros negocios. La Administración es un atraso.

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la_gusa

Abril 13th, 2010 at 8:33 am

Estas cosas, por desgracia, hay que pedirlas por escrito. Si haces una consulta formal por escrito a hacienda tienen que contestártela en un plazo y es vinculante. Ergo, con ella en la mano, no te pueden sancionar. Al final es lo que toca…» autor: la_gusa

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Jelens

Abril 13th, 2010 at 9:07 am

Por eso me matriculé en Derecho…

Una vez me hicieron mal la declaración y nunca más.» autor: Jelens

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juanes

Abril 13th, 2010 at 9:14 am

yo tambien me he topado con la puta mierda de administracion en este caso el ministerio de industria que a partir de octubre del 2009 ha puesto trabas para adaptar vehiculos a glp, con lo cual me llaman muchos potenciales clientes, pero debido a la norma 115 no puedo porque no estan en una lista, y eso que es un combustible que contamina menos y hay mas excedente.

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Putatriat

Abril 13th, 2010 at 9:19 am

Tiene toda la pinta de ser un fallo del gestor o de quien le rellenó el modelo 390 (Resumen anual de IVA). Ahí hay una casilla donde indicar si tiene que presentar el modelo 347. Seguramente estaría marcada y al no presentarlo sería cuando saldría la sanción.

También cabe la posibilidad que alguno de sus clientes metiera la pata y lo declarara en el 347, cuando al llevar retención no debería haberlo hecho. Claro, Hacienda comprueba que un señor declara unas operaciones de gastos (Menos ingreso para Hacienda) y le faltan los ingresos. Si este el caso, que recurra y le quitarán la multa.» autor: Putatriat

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Miguel

Abril 13th, 2010 at 9:24 am

Yo fui a Hacienda a hacer la renta poque tenía un caso un tanto particular, para evitarme problemas y confirmar que se hacía correctamente. Resultado: me lo hicieron (lo cumplimentaron ellos, yo solo lo firmé) mal y tuve que pagar luego la diferencia y una sanción de más de 400 euros. Luego no asumieron responsabilidades, al parecer que te den cita y te hagan la renta no implica responsabilidad por su parte. Menuda cara dura.

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el_cobrador_loco

Abril 13th, 2010 at 10:21 am

#14 Infórmate bien o contrástalo con otro gestor. La docencia está exenta de IVA. Si un autónomo trabaja de profesor, creo que su factura va sin IVA.

Al menos eso es lo que yo tenía entendido.

Vamos a ver qué dicen por Internet:

Aquí dicen que va sin IVA: fiscal-impuestos.com/node/2897

Aquí sale en la lista de exenciones: ua.es/es/servicios/si/documentacion/gestion_economica/anexo7.htm

Míratelo bien o pregunta a otro gestor, porque igual es una pasta que te puedes ahorrar…» autor: el_cobrador_loco

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aqeloutro

Abril 13th, 2010 at 10:39 am

A mí me pasó lo mismo. Cuando fui a hacienda a darme de alta e informarme del papeleo me dijeron que el 347 no lo tenía que hacer si emitía todas las facturas con retención de IRPF. Estuve unos tres años como autónomo y nunca hice un 347, espero que no me llegue la sanción ahora…

#13 No es eso, sí que hizo las declaraciones trimestrales del IVA, que es el modelo 303. El 347 es una declaración anual de operaciones con terceros a los que facturas más de 3000 euros.» autor: aqeloutro

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tocameroque

Abril 13th, 2010 at 11:06 am

#25 Si era todas con retención estate tranquilo. Estás exento de la declaración 347.» autor: tocameroque

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Nabuconodosorcito

Abril 13th, 2010 at 12:25 pm

#16 No me jodas!» autor: Nabuconodosorcito

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Josey Wales

Abril 13th, 2010 at 12:29 pm

Para asesorar en estos temas están los Asesores (fiscales, contables, laborales… administrativos, etc). No se debe de confundir información con asesoramiento y menos cuando tocan el bolsillo como en el derecho fiscal/tributario.

Esto es así guste o no, de lo contrario en este mundo no serían necesarios ni médicos, ni abogados, ni profesores, ni ingenieros, ni un largo etc de profesionales. La solución a nuestros problemas nos la daría un “funcionario de ventanilla”.

Otra cosa distinta es que en este país para hacer un trámite administrativo que debería ser relativamente sencillo y asequible, haya que tener una carrera, dos masters y tres años de experiencia (demostrable).

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Putatriat

Abril 13th, 2010 at 12:45 pm

#24 Pensaba lo mismo que tú. Lo estuve mirando y en la ley no está claro. Creo que sólo se refiere a enseñanza reglada y a profesores titulados, pero ya te digo, no estoy seguro.» autor: Putatriat

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sat

Abril 13th, 2010 at 14:22 pm

La mayoría de funcionarios de hacienda tiene poca, o ninguna idea de la información que tienen que darte en muchos casos.

Por un simple trámite que es la declaración de la renta, que se la puede hacer uno mismo en casa si sabe, a mi casi me empapelan por fiarme de estos tipos.

Hace 2 años, me hicieron desgravarme un plan de pensiones del que soy partícipe, pero no hago aportaciones (que si se desgravan). Se me coló el papel entre el resto de papeles que presenté, y la chica, muy amablemente me dijo que eso se podía desgravar… Me hizo la declaración, pero no me quedé muy conforme y le pedí que se enterara bien, que no quería tener problemas…

La chica me miraba extrañada, como pensando que yo era gilipollas por no querer desgravarme algo en mi declaración. Comclusión: Cuando volvió de preguntar se puso a hacerme la declaración de nuevo, bien hecha y no dijo ni pio… Ni siquiera admitió su error.» autor: sat

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DocBrown

Abril 13th, 2010 at 14:35 pm

#8 ¿Y no saltaste el mostrador y le arrancaste la cabeza a hostias?» autor: DocBrown

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fayser

Abril 13th, 2010 at 19:40 pm

¿Os asombráis?

El sistema fiscal español es uno de los mayores engendros del mundo, y uno de los mayores lastres a los emprendedores, ayudando a mantener este país en la edad media empresarial.

Sólo tenéis que ver que cuando la AEAT os manda el borrador de la renta os pone muy clarito que no se responsabilizan de ninguno de los datos ahí reflejados, que cualquier error detectado es culpa tuya. Lo mismo pasa ante cualquier pregunta que hagas en la AEAT: te contesten lo que te contesten, si está mal es culpa tuya y nunca suya.» autor: fayser

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Nabuconodosorcito

Abril 13th, 2010 at 19:42 pm

#8 Yo me se una mejor, conozco a alguien que tras quedarse en paro, decidió hacerse autónomo y capitalizar los dos años de paro. En el INEM le indicaron los pasos a seguir, le dijeron, que el primer tramite era hacerse autónomo, le jodieron, tenia que haber capitalizado el paro antes, le robaron los 2 años de paro.» autor: Nabuconodosorcito

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Natsu

Abril 14th, 2010 at 2:05 am

Añado otra pequeña historia de horror.

Para empezar, el tarado que me atendió en enero, cuando tuve que presentar una declaración complementaria del IVA, calculó mal cómo se hacían las cuentas, y tuve que presentar una complementaria de la complementaria, con el tiempo y esfuerzo de ir por doble a la Agencia Tributaria.

El año pasado, presento los impresos trimestrales de autónoma en plazo, IRPF e IVA. Uno de ellos no salía a pagar nada, y los atontados del banco no me lo dicen, pese a que el sistema no les deja pasar el papelajo. Los del banco me dicen que me lo arreglan ellos, que lo presenta su gestoría. El imbécil de la gestoría lo presenta fuera de plazo. Hacienda me cobra una multa de 75 euros de la que se hacen cargo en el banco porque admiten que la culpa es suya por informarme mal (por suerte el banco es una empresa privada). Me asusto, preguntándome si por entregar tarde un papel, me habrán puesto en alguna “lista negra”.

Hace poco me llega otra notificación queriendo cobrarme otros 75 euros por entregar fuera de plazo el otro modelo de ese mismo trimestre (el que salía a pagar, se entregó en el banco y tiene la fecha correcta). Póngase usted a mandar faxes y burofaxes de fotocopias compulsadas en correos al funcionario tarado que ha sido INCAPAZ de ver que sí, que hay un segundo modelo entregado en enero, que tiene marcada la casillita de “COMPLEMENTARIA”, lo que implica que la original YA se entregó, y se entregó en plazo. Además, llamo a la funcionaria en cuestión, que me dice que eso ya está arreglado y que me enviarán una notificación de que ya está arreglado a mi favor.

Me llega una notificación. En la que me VUELVEN a amenazar con una sanción. Me llegó el día de mi cumpleaños, por poco me da un ataque de histeria porque estaba esperando que fuera la afirmación de que la anterior sanción no procedía. Esta vez decido ir directamente a la Agencia Tributaria, asegurándome de avisar antes en el trabajo por si tuviera que llegar tarde.

Total, que llego a la agencia tributaria, pregunto en información, me piden el DNI, teclean dos veces y dicen: “no, no le corresponde presentar ese modelo”. Me mandan a censo. Vuelvo a explicar. Me piden el DNI. En menos de 10 segundos me reconfirman que no, no me toca presentar el modelo. Tengo que escribir un pliego de descargo (me llevé varias copias por si me hicieran falta, ya que esto parece ir para largo), y a casa otra vez.

Y hoy me he encontrado otra notificación de correos de que me espera OTRA notificación de la Agencia Tributaria.

Hay que estar muy loco o ganar mucho para darse de alta en autónomos. Todo son obligaciones, no hay casi ningún derecho, y encima las “entidades colaboradoras” como el banco cometen un error, y te ponen en lista negra para ir amenazándote con sancionarte cada dos días. Estoy HARTA de tener que llevarme un disgusto cada vez que veo una notificación de correos en el buzón. Hubo un error en plazo, aunque no fuera culpa mía se pagó y listos. Pero que estén continuamente amenazándome con sablearme el sueldo por “infracciones” que no tardan ni 20 segundos en comprobar que no son procedentes, hace que me hierva la sangre en las venas. Me cuesta mucho trabajo y tiempo ganar mi dinero, como para que intenten sableármelo pensando que no me voy a dar cuenta o no me voy a defender.

Yo, tras haber sido autónoma, puedo declarar que es PEOR la burocracia que lo que tienes que pagar. En serio. Es que no es ya que te cobren, es el porsaco que dan. “En este país no hay emprendedores”. No hay emprendedores por segunda vez. Y a mucha honra, oiga. “Si me engañas una vez, vergüenza para ti, si me engañas dos, vergüenza para mí”.» autor: Natsu

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peso

Abril 15th, 2010 at 9:47 am

No estoy del todo de acuerdo con eso de “exteriorizar los temas legales y fiscales en asesorías”: nadie nos garantiza que el experto o asesor en cuestión no vaya a meter la pata. Al final, los responsables somos siempre nosotros.

Como se ha dicho, en especial Natsu, en este país no hay emprendedores porque no los quieren. Cuando algo tan básico como el derecho fiscal y tributario requiere horas de análisis, discusiones y estudio, simplemente hay que tirarlo a la basura y empezar de cero. Para los que empezamos en esto, no nos queda otra que convertirnos en sociedad para separar nuestras responsabilidades tibutarias de las de la sociedad, o bien la economía sumergida.

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Anonimus

Abril 16th, 2010 at 16:56 pm

Desde el cariño te lo digo (sigo este blog desde sus comienzos): Para cuando quieras poner tu empresa en marcha el libre comercio ha caducado, madre mia lo que tardas…

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Emprendeblog

Abril 18th, 2010 at 16:43 pm

@anonimus,

Te entiendo perfectamente. Pero todo tiene una explicación en esta vida :_(
Por desgracia, empredender un negocio no es tarea fácil. Escribiré sobre ello ;)

Un saludo y gracias por interesarte!

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jose

Septiembre 26th, 2010 at 12:01 pm

Si un ciudadano solicita informacion verbal a un funcionario, evidentemente se la daran. Es de sentido comun que la informacion recibida, buena o mala, no sirve para alegal incumplimientos legales administrativos, normas, pagos, etc. de obligado cumplimiento. Logicamente quien reclama de que le informaron tal y tal…? no es probatorio de nada. Ahora bien, si se solicita informacion por escrito debidamente procidementado y documentado entonces si se puede demostrar haber sido inducido a error. Por otra parte la elegacion de desconocimiento de la ley no exime a nadie de cumplirla. No te pases el semaforo en rojo y despues de ser sancionado alegues que no sabias que en rojo no se puede pasar.

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pepe

Mayo 28th, 2011 at 0:38 am

Pero, ¿todavía no os habeis dado cuenta que vivimos en una dictadura?. dictadura de los poderes públicos contra el ciudadano en todos los terrenos. Sería muy largo el exponer la cantidad de injusticias y abusos que continuamente cometen los poderes públicos contra los ciudadanos. Tiene mas poder un funcionario, (vease de un ayuntamiento, de una Comunidad Autónoma o de la A.G. del Estado), que te embarga la cuenta corriente cuando le da la gana, que un juez que ha de cumplir con muchos más requisitos. Spain is diferent.

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jose

Octubre 28th, 2011 at 15:41 pm

pues a mi , un pobre autonomo casi sin trabajo, me acaba de llegar requerimiento de presentar el 347, obviamnete si no lo presenté es porque no tenía ninguna operación de más de 3000 euros , y para mi sorpresa es que cuando voy a hacienda en la ventanilla me dicen que tengo una operacion de 8 millones de euros!!!!…casi me descojono en la cara del funcionario….estos de hacienda son unos inutiles…veremos qn que queda la cosa…

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